Cambio de régimen de jubilación para secretarios de Nivel Medio, Técnico y Superior


16 de mayo de 2024

A través de la resolución Nº 490, de mayo del 2024, el cuerpo colegiado del Consejo Provincial de Educación (CPE) reconoció el trabajo de los cargos de Auxiliar de Secretaría, Prosecretario, Secretario y Secretario de Supervisión de los establecimientos de los Niveles Medio, Técnico y Superior de las escuelas, como trabajo directo frente a alumnos.
Este reconocimiento implica que se les otorgará la posibilidad de acceder a la jubilación con 25 años de servicio, en lo que dispone el art. 35° de la Ley 611 (que dice que “tendrán derecho a la jubilación ordinaria con cincuenta y cinco (55) años de edad los varones y cincuenta y dos (52) las mujeres, el personal que acreditare en los establecimientos públicos o privados a que se refieren la Ley 922 y su modificatoria la Ley 956, treinta (30) años de servicios como docentes de enseñanza preescolar, primaria, media o superior, o veinticinco (25) años de tales servicios, de los cuales diez (10) como mínimo fueren al frente directo de alumnos (..)».
Justifica esta disposición, el hecho que la sanción de la ley 611, los cargos del equipo de secretaría, eran considerados administrativos, sin contar con una legislación específica. Por consecuencia, las certificaciones de servicios correspondientes al escalafón se continuaron realizando de forma distinta a los docentes que cumplen sus funciones frente a alumnos, lo que provocó que el organismo previsional les aplicara el régimen previsto para los docentes que no trabajan frente a estudiantes.
El acuerdo se dio en el marco de la mesa salarial 2024, por el cual se dispuso una mesa técnica para abordar distintos temas, entre ellas, las condiciones jubilatorias de secretarios de nivel medio, técnico y superior.