El Cuerpo Colegiado aprobó el organismo para concursos de Jerarquía


22 de julio de 2024

En la misma reunión se aprobaron por mayoría del Ejecutivo convenios que garantizan el transporte escolar en los distintos distritos y la regularización de viviendas institucionales de los diversos Distritos Escolares

En la sesión del Cuerpo Colegiado del Consejo Provincial de Educación del día de la fecha se aprobaron, por mayoría, la creación del organismo técnico estatutario para la convocatoria a concursos de ascenso de jerarquía (de supervisores, directores y vicedirectores), expedientes vinculados a una importante inversión para garantizar el transporte escolar en toda la provincia, otros referidos a convenios para uso de espacios para actividades de educación física y la regularización de viviendas institucionales de los diversos Distritos Escolares.

La reunión inició con la presencia de la totalidad de sus integrantes: la Subsecretaria de Políticas Educativas y Coordinación a cargo de la Presidencia, Prof. Glenda J. Temi, los vocales en representación del Poder Ejecutivo por el Nivel Inicial y Primario, Prof. Leandro Policani, y por la Rama Media, Técnica y Superior, Prof. Gastón Arana; las vocales en representación de los y las docentes por el Nivel Inicial y Primario, Prof. Gabriela Mansilla, y por la Rama Media, Técnica y Superior, Prof. Marisabel Granda; y el vocal en representación de los Consejos Escolares, Prof. Martín Eduardo Maximiliano Del Río.

Iniciada la sesión, se retiraron las vocales en representación de los y las docentes y el vocal en representación de los Consejos Escolares y tras haberles esperado durante dos horas y media, los restantes miembros presentes continuaron con el tratamiento de los temas. Ello con el objetivo de garantizar el efectivo cumplimiento de derechos subjetivos de niñas, niños, adolescentes y adultos, establecidos por las constituciones Nacional, Provincial, Pactos Internacionales y la Ley Provincial 2302, la obligación inherente al Poder Ejecutivo en general, y al Consejo Provincial de Educación en particular, conforme lo establecido en el Artículo 118 de Constitución Provincial y Ley Provincial 242, decidieron funcionar en los términos establecidos en el Artículo 45° de la Ley 1284 de Procedimiento Administrativo, aplicable a la totalidad de los Cuerpos Colegiados que integran la Administración Pública Provincial, centralizada y descentralizada.